Resumen de las Consecuencias no Intencionadas de la aplicación de las Leyes sobre Matrimonio Infantil del evento virtual paralelo de HLPF el 9 de julio de 2020

1. Lois sur le mariage précoce

Las leyes relativas a la edad mínima para contraer matrimonio, o las leyes sobre el matrimonio infantil que consideran ilegal la unión de personas menores de 18 años, son una respuesta común para abordar el tema de los matrimonios y las uniones infantiles, tempranas y forzadas.

Su aplicación y ejecución son consideradas una forma de evitar que se produzcan y, en caso de producirse, de remediar esa unión al anularla o castigar a las personas involucradas.   

Ciertos estándares internacionales son usados para justificar las leyes en materia de matrimonio infantil. A nivel internacional, La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que las personas que se unen deben hacerlo de manera libre y ser mayores de edad, y la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) considera al matrimonio infantil ilegal. En el África Subsahariana, la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de la Infancia (1989) y la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar de la Infancia de 1990 (ACRWC, por sus siglas en inglés) protegen los derechos de la infancia.

Las leyes pueden servir como instrumento en un conjunto más amplio de herramientas, como parte de un enfoque múltiple para abordar los matrimonios y las uniones infantiles tempranas y forzadas. En investigaciones realizadas anteriormente con datos de países del África subsahari
ana se comprobó que los países que contaban con leyes que de manera consistente fijaban la edad mínima para contraer matrimonio en 18 años presentaban una edad media más alta al momento de unirse (Maswikwa et al., 2015).

Sin embargo, las leyes en sí mismas pueden resultar insuficientes para lograr cambios en las prácticas relativas a los matrimonios y las uniones infantiles, tempranas y forzadas. Como señala Girls Not Brides“un sistema jurídico y normativo sólido puede constituir un marco importante para la mejora de los servicios, los cambios en las normas sociales y el empoderamiento de las niñas y adolescentes”.

 

2. Sobre el evento

El 9 de julio de 2020, la Alianza More than Brides, en colaboración con Girls Not Brides; la Asociación Mundial para Acabar con el Matrimonio Infantil, la Alianza Her Choice y Partners for Law in Development (PLD)organizaron una mesa redonda como parte del Foro de Alto Nivel. Al reunir a un panel diverso en cuanto a enfoque geográfico y experiencia, se examinaron las consecuencias no intencionadas de la aplicación de las leyes sobre matrimonio infantil y se analizó cómo la pandemia de COVID-19 influye en las estrategias para abordar los matrimonios y las uniones infantiles, tempranas y forzadas.
 

Entre las personas participantes se incluyeron:

  • Modérateurs : Esther de Vreede, Directora de Ejecución de Programas, Simavi/MTBA
  • Discurso inaugural: Dr. Faith Mwangi-Powell, directrice générale, Girls Not Brides (GNB), The Global Partnership to End Child Marriage.
  • Lucía Berro Pizzarossa, Vecinas Feministas: Estigmatización no intencionada de los derechos sexuales de la adolescencia como resultado de las leyes sobre matrimonio infantil.
  • Madhu Mehra, Partners for Law in Development India: ¿Las leyes punitivas ayudan a abordar los matrimonios y las uniones infantiles, tempranas y forzadas? La experiencia de India
  • Gerald Kato, Her Choice: Visión programática para abordar los matrimonios y las uniones infantiles, tempranas y forzadas en el contexto de la COVID-19 en Uganda
  • AJ Melnikas, Population Council/MTBA: Percepciones sobre la aplicación de las leyes relativas al matrimonio infantil en zonas rurales de Malaui
     

3. Resumen de los hallazgos sobre las consecuencias no intencionadas de las leyes sobre matrimonio infantil

El evento fue rico en perspectivas interesantes de todo el mundo y también en excelentes preguntas por parte de la audiencia. Le invitamos a ver la grabación del evento y las presentaciones aquí.
 

También proporcionamos algunos puntos clava para su consideración:

  1. a. La existencia de las leyes no impide que ocurran matrimonios y uniones infantiles, tempranas y forzadas. Lo escuchamos en diferentes contextos y se debe a diversos factores, entre ellos, que las leyes no abordan las causas fundamentales de las uniones infantiles, tempranas y forzadas y que tienen el efecto no intencionado de alentar a las personas a ocultar o no registrar dichas uniones.
  2. La penalización del matrimonio infantil puede tener efectos negativos en los derechos y la salud sexual y reproductiva (DSSR) de las niñas y adolescentes. El que los matrimonios y las uniones infantiles, tempranas y forzadas sean consideradas ilegales puede ocasionar que las niñas, adolescentes y jóvenes no tengan acceso a servicios de DSSR y por lo tanto limitar su autonomía.
  3. Las leyes sobre matrimonio infantil pueden ser utilizadas por las familias para tomar represalias en contra de las niñas y adolescentes por uniones arregladas por ellas mismas.
  4. Las leyes sobre matrimonio infantil pueden llevar a prácticas bien intencionadas, como las intervenciones para retirar a las niñas y adolescentes de uniones tempranas, que ponen fin a la unión una vez que fue identificada; pero dichas prácticas pueden no colaborar a la mejora de las condiciones de vida de las mismas.
  5. UNFPA estima que la pandemia de COVID-19 podría implicar aproximadamente 13 millones de matrimonio y uniones infantiles, tempranas y forzadas adicionales. Un efecto de la pandemia de COVID-19 es que el establecimiento y la aplicación de leyes se convierta en una estrategia programática más deseable cuando otras actividades se vean limitadas debido a los confinamientos y al distanciamiento social.

 

4. Recomendaciones en materia de programas y políticas públicas 

  • Los programas deben procurar comprender la forma en que se entiende la ley desde diferentes perspectivas en las comunidades en que trabajan, así como la manera en que se aplican las leyes a nivel local.
  • Los programas deben abogar por el fortalecimiento y la aplicación de las leyes sólo cuando otras estrategias del programa que abordan las causas subyacentes de los matrimonios y las uniones infantiles, tempranas y forzadas también sean incluidos en esa inversión.
  • Los mensajes en torno a las leyes deben centrarse en las razones que las sustentan, como la protección de las niñas y adolescentes, la inversión en su educación y el valor de retrasar las uniones para las personas y las poblaciones.

‘Are You Listening?’ (¿Están escuchando?)’ Llamado a la acción:

Hacemos un llamado a ONG y gobiernos para sumarse al compromiso y al avance de los esfuerzos para abordar los matrimonios y las uniones infantiles, tempranas y forzadas:

  • Inclusión significativa de niñas y adolescentes en la respuesta a la COVID-19
  • Apoyo a OSC y movimientos liderados por juventudes
  • Inversión en y fortalecimiento de acciones orientadas a la educación, los DSSR y la atención a la VG.

Les invitamos a visitar el sitio web de la campaña haciendo click aquí y a leer et firman el Llamado a la Acción. 

 

5. Vinculación de los matrimonios y las uniones infantiles, tempranas y forzadas con la agenda 2030.

Este evento paralelo virtual fue organizado con ocasión del Foro Político de Alto Nivel (FPAN) de Naciones Unidas (HLPF).

El FPAN fue creado en 2012 de conformidad con el documento final de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible (Río+20), ‘El futuro que queremos‘. Este Foro es la plataforma Central de Naciones Unidas para dar seguimiento y analizar la Agenda 2030 y los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Estipula la participación plena y efectiva de todos los estados Miembro de Naciones Unidas. El tema del periodo de sesiones de 2020 fue “Acción acelerada y vías de transformación: avanzando hacia un decenio de acción y resultados en favor del desarrollo sostenible (UN Economic and Security Council, 2020).

 
El motivo para organizar este evento virtual fue que ahora, más que nunca, abordar los matrimonios y las uniones infantiles, tempranas y forzadas debe formar parte de la agenda global. Dado que la COVID-19 limita las actividades programáticas in situ, cambiar y hacer cumplir las leyes relativas a la edad mínima para unirse puede convertirse en un enfoque más viable para prevenir los matrimonios y las uniones infantiles, tempranas y forzadas. 

El informe anual del secretario general de Naciones Unidas sobre los avances con respecto a los 17 ODS se publicó antes de la sesión de 2020 del Foro Político de Alto Nivel (FPAN) de Naciones Unidas sobre Desarrollo Sostenible. El informe se basa en los últimos datos disponibles sobre los indicadores contenidos en el marco internacional de indicadores de ODS a partir de abril de 2020. También destaca las repercusiones de la pandemia de COVID-19 en cada ODS. En él se constata “la persistencia de la desigualdad en relación con los avances” y se identifican las áreas en las que se requiere una mejora significativa (UN Secretary-General, 2020). Al mismo tiempo, los avances se han estancado o revertido debido al aumento de las desigualdades.

Concretamente en lo que respecta al Objetivo 5, “Lograr la igualdad de género y la autonomía de todas las mujeres, jóvenes, adolescentes y niñas”, los compromisos han dado lugar a mejoras en ciertos ámbitos, pero sigue sin cumplirse la promesa de un mundo en el que todas las mujeres, jóvenes, adolescentes y niñas disfruten de una igualdad de género plena y en el que se hayan eliminado todos los obstáculos jurídicos, sociales y económicos que impiden su empoderamiento. La actual pandemia también está afectando severamente a las mujeres, jóvenes, adolescentes y niñas (UN Secretary-General, 2020; High Level Political Forum, 2020).
 
Por lo tanto, ahora más que nunca es importante que los gobiernos, así como la comunidad internacional en su conjunto, unan esfuerzos para garantizar la adopción de medidas y el cumplimiento de todos los ODS, pero en particular el 5.3: “eliminar todas las prácticas perjudiciales, como las uniones infantiles, tempranas y forzadas (SDG, 2020).